El Salvador
¿Cuánto me corresponde de aguinaldo en El Salvador?
En El Salvador la prima de aguinaldo mínima es de 15, 19 o 21 días de salario según la antigüedad del trabajador, de acuerdo con el Artículo 198 del Código de Trabajo, y debe pagarse entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre.
15 a 21 días de salario, según los años de servicio
Cómo se calcula
El Artículo 198 del Código de Trabajo fija tres tramos según la antigüedad: 15 días de salario para quien tiene de 1 a menos de 3 años de servicio, 19 días de 3 a menos de 10 años, y 21 días con 10 años o más. El cálculo es salario mensual ÷ 30 × días de aguinaldo.
Salario variable y fecha de pago
Si el salario es variable (por comisión, por pieza u otra modalidad), se toma el promedio de los salarios ordinarios recibidos en los últimos 6 meses. El pago debe hacerse entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año.
Fuentes y vigencia
- Código de Trabajo de El Salvador — Artículo 198 (prima de aguinaldo) — vigente desde 23 de junio de 1972
Esta página calcula y muestra datos; no es asesoramiento financiero, legal ni laboral. Si la norma cambió después de la fecha de vigencia indicada, avisanos.
Preguntas frecuentes
¿Con menos de un año de servicio corresponde aguinaldo?
Sí, de forma proporcional al tiempo trabajado, aunque sea menor a un año.
¿El aguinaldo puede ser mayor a los días mínimos de ley?
Sí: 15, 19 o 21 días son los mínimos según antigüedad; el empleador puede pactar o dar más, nunca menos.
Relacionado
Actualizado el 2026-10-11. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.