Perú
¿Cuánto me corresponde de gratificación en Perú?
En Perú la gratificación equivale a una remuneración mensual completa por cada semestre trabajado (julio y diciembre), más una bonificación extraordinaria de 9% (EsSalud) o 6,75% (EPS), según la Ley 27735 y la Ley 29351.
1 sueldo + 9% por semestre completo trabajado
Cómo se calcula
La Ley 27735 y su reglamento (DS 005-2002-TR) otorgan dos gratificaciones al año —Fiestas Patrias en julio y Navidad en diciembre— equivalentes a una remuneración mensual completa por cada semestre trabajado en su totalidad, o proporcional a los meses completos trabajados.
La bonificación extraordinaria
La Ley 29351 y el DS 007-2009-TR agregan una bonificación extraordinaria de 9% si el trabajador está afiliado a EsSalud, o 6,75% si está afiliado a una EPS, para compensar que en julio y diciembre el empleador no hace ese descuento.
Fuentes y vigencia
- Congreso de la República del Perú — Archivo Digital de la Legislación, Ley N.° 27735 (Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad) — vigente desde 28 de mayo de 2002
- Congreso de la República del Perú — Archivo Digital de la Legislación, Ley N.° 29351 (Bonificación extraordinaria sobre las gratificaciones) — vigente desde 1 de mayo de 2009
Esta página calcula y muestra datos; no es asesoramiento financiero, legal ni laboral. Si la norma cambió después de la fecha de vigencia indicada, avisanos.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no trabajé el semestre completo?
La gratificación se paga proporcional a los meses completos trabajados dentro del semestre, siempre que se haya laborado al menos un mes calendario.
¿La bonificación extraordinaria paga impuestos?
Sí: a diferencia de la gratificación (que no paga impuesto a la renta), la bonificación extraordinaria sí está sujeta al impuesto de quinta categoría.
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Actualizado el 2026-10-13. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.