Ecuador
¿Cómo se pagan las horas suplementarias y extraordinarias en Ecuador?
En Ecuador las horas suplementarias (hasta las 24h00, de lunes a viernes) se pagan con 50% de recargo, y las extraordinarias (entre 00h00 y 06h00, o sábados y domingos) con 100% de recargo, según el Art. 55 del Código del Trabajo.
50% / 100% suplementarias o extraordinarias (Código del Trabajo, Art. 55)
El divisor legal de 240
El valor de la hora se obtiene dividiendo el sueldo básico entre 240 (30 días × 8 horas), el divisor que fija la práctica laboral ecuatoriana para este cálculo.
Qué distingue suplementaria de extraordinaria
Son suplementarias las horas trabajadas de lunes a viernes hasta la medianoche; son extraordinarias las trabajadas entre la medianoche y las 6 de la mañana, o en sábado y domingo.
Fuentes y vigencia
- Código del Trabajo de Ecuador, Artículo 55 — vigente desde 16 de diciembre de 2005
Esta página calcula y muestra datos; no es asesoramiento financiero, legal ni laboral. Si la norma cambió después de la fecha de vigencia indicada, avisanos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el límite de horas suplementarias y extraordinarias por semana?
El Código del Trabajo limita el trabajo suplementario a un máximo de 4 horas diarias y 12 horas semanales en conjunto con las extraordinarias.
¿Por qué el divisor es 240 y no 160 u otro número?
240 surge de multiplicar los 30 días del mes por las 8 horas de la jornada ordinaria diaria, el estándar que usa la legislación laboral ecuatoriana.
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Actualizado el 2026-10-12. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.