Nicaragua
¿Cuántos días de vacación corresponden en Nicaragua?
En Nicaragua corresponden 30 días de descanso pagado por año de trabajo continuo (15 días por cada 6 meses), proporcional a los meses trabajados, según el Art. 76 del Código del Trabajo (Ley 185).
30 días/año proporcional a los meses trabajados (Ley 185, Art. 76)
Cómo se acumula
El Art. 76 fija 15 días de descanso pagado por cada 6 meses de trabajo continuo con el mismo empleador, lo que equivale a 30 días por año completo; el cálculo es proporcional a los meses efectivamente trabajados.
Continuidad con el mismo empleador
El derecho exige continuidad: los 6 meses se cuentan con el mismo empleador, no se acumulan entre distintos trabajos.
Fuentes y vigencia
- CEPAL (Observatorio de Igualdad de Género) — Código del Trabajo de Nicaragua, Ley N.° 185, Art. 76 (vacaciones) — vigente desde 30 de octubre de 1996
Esta página calcula y muestra datos; no es asesoramiento financiero, legal ni laboral. Si la norma cambió después de la fecha de vigencia indicada, avisanos.
Preguntas frecuentes
¿La vacación en Nicaragua se puede pagar en vez de tomarla?
Mientras continúa la relación laboral, la vacación debe gozarse; solo se paga en dinero si el contrato termina antes de usarla.
¿Qué pasa si trabajé menos de 6 meses?
El cálculo es proporcional a los meses efectivamente trabajados, sin llegar a los 15 días completos del período semestral.
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Actualizado el 2026-10-13. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.