Costa Rica
¿Cuánto me corresponde de aguinaldo en Costa Rica?
En Costa Rica el aguinaldo es la suma de los salarios ordinarios y extraordinarios ganados entre el 1° de diciembre y el 30 de noviembre siguiente, dividida entre 12, según la Ley N° 2412, y debe pagarse antes del 20 de diciembre.
1/12 de los salarios del periodo diciembre-noviembre
Cómo se calcula
Se suman todos los salarios, ordinarios y extraordinarios (incluidas horas extra y comisiones), recibidos entre el 1° de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso, y ese total se divide entre 12.
Quién lo recibe y cuándo
Tiene derecho todo trabajador con al menos un mes de trabajo para el mismo empleador, sin importar el tipo de contrato. El pago es obligatorio a más tardar el 20 de diciembre de cada año.
Fuentes y vigencia
- Ley N° 2412 — Pago de Aguinaldo a Servidores de Empresas Particulares — vigente desde 23 de noviembre de 1959
- Ley N° 1835 — Pago de Aguinaldo a los Servidores Públicos — vigente desde 18 de diciembre de 1954
Esta página calcula y muestra datos; no es asesoramiento financiero, legal ni laboral. Si la norma cambió después de la fecha de vigencia indicada, avisanos.
Preguntas frecuentes
¿Las horas extra cuentan para el aguinaldo?
Sí: se incluyen todos los salarios ordinarios y extraordinarios devengados en el periodo, incluidas las horas extra.
¿Qué pasa si trabajé menos de un año?
Se tiene derecho a la parte proporcional del aguinaldo según el tiempo efectivamente trabajado dentro del periodo de cómputo.
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Actualizado el 2026-10-11. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.