Paraguay
¿Cómo se pagan las horas extra en Paraguay?
En Paraguay las horas extraordinarias diurnas pagan un recargo del 50% sobre el salario ordinario, y las nocturnas un 100% (se pagan dobles), según el Art. 234 del Código del Trabajo (Ley N.° 213/93).
50% diurnas / 100% nocturnas recargo sobre el salario ordinario (Código del Trabajo, Art. 234)
Cómo se calcula
El valor de la hora ordinaria sale de dividir el salario mensual entre las horas de la jornada mensual (240 horas, jornada de 8 horas diarias por 30 días). Ese valor se multiplica por 1,5 (50% de recargo) en las horas diurnas y por 2 (100% de recargo) en las nocturnas.
Diurnas y nocturnas, recargos distintos
El Art. 234 del Código del Trabajo paraguayo distingue las horas extraordinarias según el horario en que se trabajan: las diurnas pagan un 50% de recargo sobre el salario convenido para la jornada ordinaria, y las nocturnas un 100%, es decir, se pagan dobles.
Fuentes y vigencia
- Código del Trabajo de Paraguay (Ley N.° 213/93), Artículo 234 — vigente desde 29 de octubre de 1993
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Preguntas frecuentes
¿Cuántas horas extra se pueden trabajar como máximo en Paraguay?
El Código del Trabajo limita las horas extraordinarias a 3 horas diarias, sin exceder un total de 57 horas semanales entre jornada ordinaria y extraordinaria.
¿El recargo del 100% nocturno se suma al recargo por trabajar de noche?
No: el 100% ya es el recargo específico que fija la ley para las horas extraordinarias trabajadas en horario nocturno, no se acumula con otro adicional nocturno distinto.
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Actualizado el 2026-10-12. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.