Nicaragua
¿Cuánto es la indemnización por despido en Nicaragua?
En Nicaragua, el despido sin justa causa da derecho a 1 mes de salario por cada uno de los primeros 3 años de servicio, más 20 días de salario por cada año adicional a partir del 4°, con un mínimo de 1 mes y un tope de 5 meses de salario, según el Art. 45 del Código del Trabajo (Ley 185).
1 mes/año (primeros 3) + 20 días/año, tope 5 meses indemnización por despido (Art. 45, Ley 185)
Cómo se calcula
El Art. 45 del Código del Trabajo (Ley 185) distingue dos tramos: durante los primeros 3 años de servicio, cada año completo paga 1 mes de salario; desde el 4° año en adelante, cada año adicional paga 20 días de salario (dos tercios de un mes). El resultado final nunca es menor a 1 mes ni mayor a 5 meses de salario, cualquiera sea la antigüedad.
El tope de 5 meses
Aunque la antigüedad sea de 10, 20 o más años, la indemnización no supera los 5 meses de salario: es un tope fijo de la ley, no un cálculo proporcional que siga creciendo con los años.
Fuentes y vigencia
- CEPAL (Observatorio de Igualdad de Género) — Código del Trabajo de Nicaragua, Ley N.° 185, Art. 45 — vigente desde 30 de octubre de 1996
Esta página calcula y muestra datos; no es asesoramiento financiero, legal ni laboral. Si la norma cambió después de la fecha de vigencia indicada, avisanos.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el mínimo de indemnización por despido en Nicaragua?
1 mes de salario, aunque la antigüedad sea de menos de un año.
¿Por qué la indemnización no sigue creciendo después de muchos años de trabajo?
Porque el Art. 45 fija un tope legal de 5 meses de salario, sin importar cuántos años adicionales se hayan trabajado.
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Actualizado el 2026-10-13. Redactado con asistencia de IA y verificado contra la fuente citada arriba.